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Se adjunta PDF con las INSTRUCCIONES REMITIDAS POR EL CABILDO INSULAR DE TENERIFE, relativas a las ACTIVIDADES PERMITIDAS EN EL MEDIO NATURAL DE TENERIFE durante la FASE 1 del PLAN para la transición hacia una nueva normalidad.

Hay que recordar que el horario de actividad sigue siendo el mismo que se dicto en el BOE del pasado día 30 de abril ORDEN SND/380/2020.

Artículo 5. Franjas horarias.
1. Se establecen las siguientes franjas horarias para la realización de las
actividades previstas en el artículo 2.2:
a) La práctica de deporte individual y los paseos solo podrán llevarse a cabo entre
las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas.

 

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