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Los senderos señalizados pueden ser de tres tipos:

      1. Senderos de Gran Recorrido

Se identifican con los colores blanco y rojo y con las siglas GR. La asignación de la numeración será competencia de la FEDME, pero la gestión de los mismos dependerá de cada federación territorial, en el tramo que discurra por su territorio.

Será condición necesaria que su recorrido andando precise de más de una jornada, con una longitud mínima de 50 km.

Pueden tener asociados enlaces, derivaciones y variantes, que tendrán las mismas características de los GR.

La rotulación de un sendero de Gran Recorrido son las letras G y R (mayúsculas, sin espacio ni puntos entre ellas)+ espacio en blanco + el numeral que corresponda. P.ej. GR (espacio) 131.

Las federaciones autonómicas y/o territoriales por las que discurra un sendero GR interautonómico, llegarán a los acuerdos necesarios para homogeneizar al máximo las características del mismo.

      2. Senderos de Pequeño Recorrido

Se identifican con los colores blanco y amarillo y con las siglas PR. Serán condición necesaria que se puedan recorrer una jornada o parte, con una longitud máxima de 50 km.

La asignación de la numeración y la gestión de los mismos serán competencia de la federación autonómica y/o territorial por la que se desarrollen. Será condición necesaria que puedan ser recorridos en una jornada.

Pueden tener asociadas variantes y derivaciones.

La rotulación de un sendero de pequeño recorrido es: letras P y R (mayúsculas y sin espacio ni puntos entre ellas) + guión +código territorial + espacio + numeral correspondiente. P.ej.. PR-TF (espacio) 10.

La determinación del código territorial queda a expensas de la decisión de la federación autonómica y/o territorial correspondiente; por defecto se usará el código provincial de las del antiguo sistema de matriculación de vehículos de España. Por acuerdo de cada federación, el código territorial puede ser autonómico, territorial y/o insular; en estos casos se cuidará que el código resultante no coincida con ninguno de los existentes en el antiguo sistema de matriculación; dicho acuerdo ha de estar reflejado en el plan director de la federación autonómico y/o territorial y comunicado a la FEDME para que aparezca en el Plan Director Estatal.

      3. Senderos Locales

Se identifican con los colores blanco y verde y con las siglas SL. La asignación de la numeración y la gestión de los mismos será de competencia de la federación autonómica y/o territorial correspondiente. Su desarrollo no sobrepasará los 10 km.

La rotulación de un sendero local es:  letras S Y L (mayúsculas y sin espacio ni puntos entre ellas ) + guión +código territorial + espacio + numeral correspondiente. Por ej. SL-TF 296. La determinación del código territorial queda a expensas de la decisión de la federación Autonómica y/o territorial correspondiente; por defecto se usará el código provincial de las del antiguo sistema de matriculación de vehículos de España. Por acuerdo de cada federación, el código territorial puede ser autonómico, territorial y/o insular; en estos casos se cuidará que el código resultante no coincida con ninguno del existente en el antiguo sistema de matriculación; dicho acuerdo ha de estar reflejado en el plan director de al federación autonómico y/o territorial y comunicado a la FEDME para que aparezca en el Plan Director Estatal.

4. Variantes, enlaces, enlaces internacionales y derivaciones

  • Variantes son aquellos senderos, de cualquier rango, que partan y confluyan en dos puntos diferentes del mismo sendero. La rotulación de una variante es : la rotulación del sendero del cual nace y la que confluye + punto + número correlativo. P.ej. GR 131. 1 .Es competencia de la FEDME la numeración de las variantes de los GR interautonómicos; son competencia de las federaciones autonómicas y/o territoriales la numeración del resto de variantes.

    Enlaces son aquellos que unen senderos homologados distintos de igual o distinto rango. Se desarrollan dentro del ámbito de actuación de una misma federación autonómica y/o territorial, siendo competencia de dicha federación el determinar la rotulación; en todo caso ésta habrá de ser coherente con los códigos de color, distancias, etc. de GR., PR y SL y deberá estar reflejada en el plan director de la misma y ser comunicada a la FEDME para su inclusión en el plan director estatal.

    Enlaces internacionales son aquellos que parten de un sendero homologado del estado español y alcanzan otro de un estado colindante. La propuesta de los mismos corresponden a la FEDME en colaboración con las federaciones autonómicas y/o territoriales correspondientes. La asignación de la numeración debe ser propia para cada caso, siempre en coherencia con lo descrito en este Manual de Senderos, y será competencia de la FEDME, pero la gestión de lso mismos dependerá de la federación autonómica y/o territorial, en el tramo que discurra por su territorio.

    Derivaciones son los tramos señalizados o no, que parten de uno homologado y lo vinculan con elementos cercanos de interés. Sus desarrollo y características son competencia de las federaciones autonómicas y/o territoriales.

Tanto la FEDME como las federaciones autonómicas y/o territoriales pueden crear denominaciones , que estarán subordinadas a los tres tipos de senderos, en virtud de alguna característica (p.ej: tramo de montaña, sendero didáctico, ruta de los vinos, etc.).

Junto a la identificación de un sendero GR, PR O SL, en los tramos que proceda, aparecerá la marca de los senderos europeos reconocidos oficialmente por la Asociación Europea de Senderismo ( European Ramblers Asociation- E.R.A). con la siguiente denominación: E (mayúscula) + guión + numeral correspondiente (p.ej. E-7). La gestión de los senderos europeos queda en manos de la federación autonómica y/o territorial correspondiente, quedando reservado a la FEDME el garantizar la homogeneidad del mismo.

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