Seleccionar página
FIMT llama a sus federados y a la población usuaria del Medio Natural a no correr riesgos innecesarios

FIMT llama a sus federados y a la población usuaria del Medio Natural a no correr riesgos innecesarios

La tormenta tropical Hermine se acerca a las islas y, aunque el centro de la misma está lejos del archipiélago, se producen importantes precipitaciones que aumentarán en fuerza y cantidad durante el domingo y que van a durar hasta el próximo lunes.

La magnitud de las mismas puede ser tan grande, que es recomendable quedarse en casa y reducir al mínimo las salidas, salvo extrema necesidad.

Hemos podido comprobar que las llamadas de las autoridades a la prudencia, han movilizado a la población que ha acudido temprano a los supermercados para aprovisionarse y resguardarse en casa.

No obstante, sabemos de buena fuente que, a pesar de todas las alertas y las prohibiciones de realizar actividades al aire libre, hay personas que desafiando las mismas, han salido al monte como si de un día tranquilo se tratara.

Estas conductas erráticas de personas inconscientes que ponen en peligro sus vidas desafiando a los fenómenos meteorológicos adversos, no solo son perjudiciales para ellas mismas, sino que ponen en riesgo las vidas de las brigadas de emergencia que acudirían a su rescate en caso de accidente.

Por ello, pedimos a todos nuestros federados que respeten las normas de seguridad y que recomienden a sus familiares y amigos que permanezcan a buen recaudo hasta que se supere la situación de alerta.

Así contribuimos a prevenir los accidentes y colaboramos con las autoridades para impedir que se produzcan, evitando la innecesaria pérdida de vidas humanas.

Anaga Trail Solidaria VIRTUAL

Anaga Trail Solidaria VIRTUAL

🚨 NOVEDAD 🚨
La organización de la #AnagaTrailSolidaria ha decidido cambiar el formato de la prueba al 𝗩𝗜𝗥𝗧𝗨𝗔𝗟, como el año pasado, debido al nivel 3 sanitario en Tenerife por el #COVID19.
Los participantes deben seguir los siguientes requisitos:
👉 Flexibilidad de correr por la montaña cuando más te apetezca.
👉 Para garantizar vuestra seguridad hay que recordar que es muy conveniente comunicar vuestras intenciones y llevar teléfono móvil.
👉 Siempre adaptándonos a la normativa vigente y apelando a la responsabilidad individual.
📅 Participa del 20 de diciembre al 16 de enero.
🧸 Recogida de juguetes, el domingo 26 de diciembre, de 9:00 a 14:00 horas, en la nave Cory en Valleseco (S/C de Tenerife).
📲 Toda la información e inscripciones a la Anaga Virtual Solidaria en gesportcanarias.com.
📸 Animamos a todas las personas a participar en este evento solidario y mandar sus fotos de su carrera a nuestras redes sociales o al correo electrónico
Los montañeros se unen contra el nuevo PRUG del Teide

Los montañeros se unen contra el nuevo PRUG del Teide

Comunicado de las Federaciones tinerfeña, canaria y española de montañismo y escalada.

Las federaciones tinerfeña, canaria y española de montañismo, después de analizar detalladamente la propuesta de borrador del nuevo Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Nacional del Teide, que acaba de ser publicado en su trámite de Evaluación ambiental, manifiestan su rotundo rechazo al documento por suponer para los montañeros federados una prohibición de facto de la práctica deportiva en el territorio del Parque a los mismos, dicha práctica cuenta con una larga tradición que se remonta al siglo XIX. En el Plan se advierte ausencia de rigor científico y desconocimiento del espacio natural y de la práctica histórica del montañismo tradicional.

Puede leer el texto completo desde el siguiente botón:

Federación Insular de Montañismo de Tenerife (FIMT-FTM)
Federación Canaria de Montañismo (FECAMON)
Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (FEDME)
¿ESTÁ PROHIBIDO EL ACCESO Y TRÁNSITO POR SENDEROS DE COSTA Y FUERA DE LAS ZONAS DE RIESGO DE INCENDIO FORESTALES DE TENERIFE?

¿ESTÁ PROHIBIDO EL ACCESO Y TRÁNSITO POR SENDEROS DE COSTA Y FUERA DE LAS ZONAS DE RIESGO DE INCENDIO FORESTALES DE TENERIFE?

¿ESTÁ PROHIBIDO EL ACCESO Y TRÁNSITO POR SENDEROS DE COSTA Y FUERA DE LAS ZONAS DE RIESGODE INCENDIO FORESTALES DE TENERIFE?

El pasado día 12 de agosto y “teniendo en cuenta las circunstancias meteorológicas previstas para estos días y la declaración de alerta máxima por riesgo de incendios forestales decretada por el Gobierno de Canarias en el ámbito territorial de la isla de Tenerife” el Área de Gestión del Medio Natural y Seguridad del Cabildo de Tenerife emitió un Decreto de Activación extraordinaria de medidas de grado 2 y 3 para la prevención de incendios forestales.

Este Decreto está basado en la “Instrucción reguladora del procedimiento para la activación extraordinaria de medidas preventivas de incendios forestales en Tenerife” de la misma Área y publicada en el BOP de Santa Cruz de Tenerife el 27 de diciembre de 2019, que recomendamos leer atentamente ya que mucha de la confusión generada en esto días en la respuesta  a la pregunta del titular parte probablemente de no haberse realizado.

En esta Instrucción se lee textualmente en su punto 4. lo siguiente: “El ámbito territorial de aplicación de las medidas preventivas extraordinarias será el de las zonas de riesgo de incendio descritas en el Anexo II, salvo que en la medida especifica se indique otro distinto

Asimismo en el Decreto se indica expresamente que “Los límites están publicados en la web del Cabildo de Tenerife…” copiado textualmente de la publicación citada en el BOP. Se refiere al Anexo II: Zonas de riesgo de incendio forestal. Y no se señala ningún otro ámbito.

Por tanto ES EVIDENTE QUE LAS MEDIDAS DE GRADO 3 DE RESTRICCIÓN DE USO ESTÁN REFERIDAS A ESAS ZONAS DE RIESGO CITADAS EN EL ANEXO II DE LA INSTRUCCIÓN.

Y ¿CUÁLES SON ESAS ZONAS? En la web https://www.tenerife.es/portalcabtfe/es/site_content/46-medio-ambiente-de-tenerife/983-prevencion-de-incendios-forestales encontramos en el apartado “Documentos asociados” un enlace al archivo “kml” “ZONA BRIFOR Vigente 24-01-2018 (Actualizado 17-07-2018)” que se activa en Google Earth y permite ver la imagen de la página siguiente.

Las zonas de riesgo son las que están dentro de la marca amarilla

Se evidencia por tanto que la restricción de uso no abarca grandes zonas del sureste, suroeste y norte de la isla que se pueden transitar por los senderos que hubiese en ellas.

Lo indicado no obsta a la necesidad de la responsabilidad personal y colectiva a la hora de salir a la naturaleza por los lugares no restringidos en las circunstancias meteorológicas actuales: portar agua, al menos 1´5/2l por persona y según el recorrido, crema solar, gorro, ropa y calzado adecuados, cuidado y protección máxima sobre los menores y evitación de las horas centrales del día o las de mayor temperatura prevista.

 

EL TSJ DESESTIMA EL RECURSO DE FECAMON CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA DGD QUE DEJABA SIN EFECTO LA DISOLUCIÓN DE LA INSULARES.

EL TSJ DESESTIMA EL RECURSO DE FECAMON CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA DGD QUE DEJABA SIN EFECTO LA DISOLUCIÓN DE LA INSULARES.

Como saben los seguidores de la actividad federativa de montaña en Canarias la Dirección General de Deportes (DGD) del Gobierno de Canarias dicto en mayo de 2016 una Resolución por la que dejaba sin efecto los acuerdos adoptados en la asamblea celebrada el 24 de noviembre de 2013 que disolvían las federaciones insulares de montañismo de Gran Canaria y Tenerife, e instaba a la presidencia de FECAMON a restituir las funciones públicas delegadas en las mismas, a reponer de inmediato el normal funcionamiento de las federaciones insulares de montañismo de Gran Canaria y Tenerife, y a convocar de inmediato elecciones a las federaciones insulares de Tenerife y Gran Canaria.

No solo no se ejecuto con normalidad esa Resolución sino que en abril de 2018 se presento por parte de FECAMON ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJ) recurso contra ella.

Ha tardado pero por fin se ha hecho pública con fecha de  26 de mayo de 2021 la sentencia en la que la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ resuelve:

Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de la FEDERACIÓN CANARIA DE MONTAÑISMO frente a la resolución identificada en el Antecedente de Hecho Primero de esta resolución. Todo ello con imposición a la entidad recurrente de las costas procesales causadas en los términos ya establecidos.”

Hemos de recordar que la propia Sala considero a esta Federación Insular de Montañismo de Tenerife/Federación Tinerfeña de Montañismo como codemandada y nos fue enviado el expediente del recurso con el objeto de que nos personáramos en él como parte afectada.

Es importante destacar que en el punto primero de los fundamentos de la sentencia se indica por parte de los magistrados que “el recurso contencioso-administrativo interpuesto no puede prosperar por el razonamiento que en buena medida se sustenta en las atinadas pautas argumentativas expuestas por la representación de la Federación Tinerfeña de Montañismo en su escrito de contestación de fecha 9 de julio de 2018”. Así los jueces siguen el criterio que esta federación insular presento en sus alegaciones, apoyándose en ellas para justificar su denegación del mismo y sistemáticamente desmontar los razonamientos del recurso presentado por FECAMON.

En primer lugar la Sala recalca que FECAMON, tal y como se dice en los Estatutos, está integrada por las Federaciones Insulares de Tenerife y Gran Canaria y que estas se constituyen en aquella a su vez como entes o sujetos de pleno derecho y que podrán tener personalidad jurídica.

A lo largo de los fundamentos del Fallo jurídico los magistrados que componen la Sala  insisten en que FECAMON comete diversas incorrecciones en la interpretación de los hechos y de la actuación de la DGD; recalcan especialmente que para dotar a las insulares de personalidad jurídica no había que disolverlas para volverlas a crear sino realizar una reforma estatutaria “con la aprobación de unos estatutos definitivos (aun inexistentes) que comprendan a las dos federaciones insulares dotadas de personalidad jurídica propia (cosa que no ha sucedido nunca).”

En el fundamento tercero la Sala no solo critica la falta de mayoría cualificada en la votación de la disolución sino que sostiene y apoya el argumento dado en la Asamblea de la pretendida disolución por el entonces presidente de la Federación Insular de Montañismo de Tenerife: “<<Que dichas federaciones están contempladas por la peculiaridad del territorio canario. Por tanto, afirma que la FCM no tiene legitimidad para disolver las federaciones insulares y que en todo caso serían éstas las que en su seno tendrían que proponer y autodisolverse si así lo estimasen. Por todo lo referenciado está previsto impugnar tanto la asamblea extraordinaria como las decisiones tomadas>>” (Acta de dicha asamblea) En este sentido se afirma que “en el ejercicio de la autonomía organizativa y funcional que ambas insulares ostentan, sólo sería admisible la autodisolución libremente decidida por ellas mismas…. Una solución contraria es, ciertamente, antidemocrática y desconocedora del principio de representatividad, además de actuar a espaldas de la realidad insular, como bien arguye la federación codemandada.”

Por último los magistrados en el fundamento cuarto recalcan que FECAMON “lleva a cabo una interpretación sesgada de las vicisitudes acontecidas con motivo de la impugnación por la codemandada de los acuerdos adoptados por aquella ante la jurisdicción civil”

Como representantes de los federados y clubs de Tenerife esperamos que la Presidencia y la Junta de Gobierno de FECAMON devuelvan cuanto antes a la normalidad el funcionamiento federativo y respeten lo indicado en la sentencia sobre el ejercicio de la autonomía organizativa y funcional que ambas federaciones insulares ostentan.

 

Idiomas »